VACUNACIÓN ANTICÓLERICA
Hasta el día 1 de enero de 1984 esta vacuna era obligatoria para los visitantes de países africanos y asiáticos, pero en la actualidad ha dejado de ser exigida por el Reglamento Internacional en virtud de la escasa incidencia de la enfermedad.
En este caso la no obligatoriedad del tratamiento se debe a la comprobación de otras medidas profilácticas higiénicas y medicamentosas, cuyo espectro de protección se ha demostrado más amplio y duradero. En efecto, la vacunación es de muy corta duración, por tanto perecedera, mientras se consiguen mejores efectos preventivos con unas mínimas precauciones respecto al tratamiento de los alimentos frescos, verduras y el agua de la bebida que, además, pueden completarse con la medicación de compuestos sulfamídicos.
No obstante en determinados países, el cólera es endémico (permanente) y se exige a los visitantes y residentes procedentes de esas áreas el certificado sanitario que demuestre la vacunación de esos viajeros para evitar que accidentalmente introduzcan la enfermedad en zonas exentas de la misma.
Una norma esencial para el excursionista es la consulta a la agencia de viajes o a las delegaciones territoriales de Sanidad, departamentos internacionales, sobre la situación sanitaria actualizada del país o países que se quieren visitar.
Normalmente las oficinas y delegaciones de Sanidad tienen el "TIM", que mensualmente recoge la información precisa sobre la situación sanitaria de todos los países del mundo, así como las recomendaciones y exigencias de vacunaciones que habremos de realizar en su caso.
Conocer la situación sanitaria de las áreas que hayan de visitarse y cumplir los requisitos sanitarios y administrativos que en ellos rigen, puede evitarnos pasar las vacaciones en una instalación de "cuarentena", o lo que es peor, contraer una enfermedad en lugar de disfrutar de un viaje de placer.